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“Todos
los productos que se anuncien como beneficiosos deberán demostrarlo”
Las bebidas alcohólicas "con una graduación superior
en volumen al 1,2%", entre ellas también el vino, no
podrán publicitarse como productos "saludables"
en los medios de comunicación o a través de sus etiquetas.
Así lo recoge una norma que entró en vigor en toda
la Unión Europea (UE) y que será "obligatoria"
en todos estos países para las mismas fechas..
Según la Agencia Española de Seguridad Alimentaria
y Nutrición (AESAN), " no podrán difundirse comunicaciones
comerciales diciendo, por ejemplo, que la ingesta de vino es beneficiosa
para el buen funcionamiento del corazón. Sólo las
bebidas sin alcohol o bajas en alcohol podrán incluir este
dato como mensaje positivo en su publicidad o en sus etiquetas".
La responsable de Sanidad indicó que el reglamento europeo
relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables
en los alimentos se comenzará a aplicar desde julio en el
caso del alcohol. Sin embargo dará "por prudencia"
dos años de plazo a las empresas para "retirar"
del mercado la publicidad y los alimentos cuyas etiquetas aseguren
que el producto contiene propiedades nutricionales, mejoran la salud
o reducen el riesgo de sufrir enfermedades si antes la empresa no
lo prueba "científicamente" ante los responsables
de la AESAN, encargada de realizar estos controles.
Concretamente, la norma obligará a los empresarios que vendan
con reclamos nutricionales tales como 'light', 'bajo en grasa o
calorías, sal o azúcar' o 'rico en vitaminas, fibra
o proteínas', a que "demuestren con pruebas científicas"
que sus productos poseen la sustancia beneficiosa prometida en cantidades
suficientes para producir los efectos deseados y que efectivamente
el alimento genera en el consumidor estos beneficios.
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